La Ley N° 20.720 regula en Chile distintos procedimientos concursales destinados a enfrentar situaciones de insolvencia. En el caso de una Persona Deudora, la legislación contempla alternativas que pueden permitir renegociar obligaciones o liquidar determinados bienes para pagar a los acreedores.
Tener deudas no significa que todas las personas deban seguir el mismo camino. La alternativa adecuada depende de la situación financiera, patrimonial y jurídica de cada persona.
¿Qué es la Ley 20.720?
La Ley 20.720 establece el régimen chileno de procedimientos concursales para empresas y personas.
En términos simples, busca entregar mecanismos legales para enfrentar situaciones en las que una persona o empresa tiene dificultades para cumplir normalmente con sus obligaciones.
Cuando hablamos de una Persona Deudora , existen principalmente dos caminos concursales que conviene conocer:
¿Qué es la Liquidación Simplificada?
La Liquidación Simplificada es un procedimiento judicial. Su finalidad es realizar los bienes disponibles del deudor y distribuir los recursos obtenidos entre los acreedores de acuerdo con las reglas establecidas por la ley.
El procedimiento se inicia ante un tribunal competente. Dentro del proceso interviene un Liquidador , profesional sujeto a fiscalización de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
¿Cómo funciona, en términos generales?
Evaluación del caso
Antes de iniciar cualquier procedimiento, es importante revisar la situación financiera, las deudas, los acreedores, los bienes y otros antecedentes relevantes.
Preparación de antecedentes
La solicitud debe acompañarse de los antecedentes exigidos por la normativa aplicable, incluyendo información sobre bienes, deudas y otros datos relevantes para el procedimiento.
Presentación judicial
La solicitud se presenta ante el tribunal competente, que revisará los antecedentes y resolverá conforme a la Ley 20.720.
Intervención del Liquidador
El Liquidador administra las actuaciones que correspondan, incluyendo la realización de bienes sujetos al procedimiento y la distribución de recursos entre los acreedores.
Término del procedimiento
Una vez cumplidas las etapas correspondientes, el tribunal puede dictar la resolución de término. Esa resolución produce importantes efectos jurídicos respecto de las obligaciones incluidas en el procedimiento.
¿Qué ocurre con las deudas al finalizar?
De acuerdo con la Ley 20.720, una vez que queda firme la resolución que declara terminado un Procedimiento Concursal de Liquidación, por regla general se extinguen los saldos insolutos de las obligaciones contraídas antes del inicio del procedimiento.
Esto significa que, cumplidas las condiciones legales y terminado correctamente el procedimiento, pueden extinguirse determinadas deudas que no alcanzaron a pagarse completamente con la liquidación.
Importante: existen excepciones
La extinción de deudas no es absoluta en todos los casos. La ley contempla obligaciones que no se extinguen, como determinadas obligaciones alimenticias y aquellas derivadas de delitos o cuasidelitos.
Además, determinadas situaciones relacionadas con mala fe del deudor pueden afectar total o parcialmente este beneficio.
¿Qué pasa con mis bienes?
Este es uno de los aspectos que más dudas genera.
Un procedimiento de liquidación implica precisamente revisar los bienes del deudor y determinar cuáles forman parte del procedimiento.
Por eso, nunca debería tomarse una decisión de este tipo sin revisar previamente la situación patrimonial completa.
Bienes raíces, vehículos, participaciones, herencias, cuentas, juicios pendientes y otras situaciones patrimoniales pueden ser relevantes para determinar cómo abordar un caso.
Una evaluación adecuada no consiste solamente en preguntar cuánto debes. También debe considerar qué bienes tienes, cuáles son tus acreedores, si existen juicios pendientes y qué antecedentes jurídicos pueden influir en el procedimiento.
¿Cómo sé si esta alternativa puede servir para mí?
Leer información en internet puede ayudarte a entender los conceptos generales, pero no permite determinar automáticamente qué procedimiento corresponde a tu situación.
Antes de iniciar una liquidación, conviene analizar aspectos como:
- La naturaleza y monto de tus deudas.
- Quiénes son tus acreedores.
- Tu situación laboral y tributaria.
- La existencia de bienes muebles o inmuebles.
- Vehículos inscritos a tu nombre.
- Juicios de cobranza o procedimientos judiciales pendientes.
- Participaciones societarias, herencias u otros derechos patrimoniales.
- Si has participado anteriormente en procedimientos concursales.
Preguntas frecuentes
¿La Ley 20.720 significa simplemente “dejar de pagar”?
No. Se trata de procedimientos legales regulados que contemplan requisitos, documentación, intervención de autoridades y efectos jurídicos específicos.
¿Todas las personas con deudas deben liquidarse?
No. Cada situación debe analizarse individualmente. Dependiendo de los antecedentes, pueden existir distintas alternativas.
¿La liquidación elimina automáticamente todas las deudas?
No debe entenderse de esa manera. La extinción de los saldos insolutos se produce al término del procedimiento cuando corresponda legalmente, y existen obligaciones expresamente exceptuadas por la ley.
¿Necesito revisar mis bienes antes de iniciar el proceso?
Sí. La situación patrimonial es una parte fundamental de la evaluación de un procedimiento de liquidación.
¿Dónde se realiza una Liquidación Simplificada?
Es un procedimiento judicial, por lo que se inicia ante el tribunal competente y se desarrolla conforme a las reglas establecidas por la Ley 20.720.
Conoce si tu situación puede ser evaluada
Cuéntanos de forma general tu situación financiera. Nuestro equipo podrá revisar los antecedentes iniciales y orientarte sobre los siguientes pasos.
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Este artículo fue elaborado utilizando como referencia información oficial de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento y el texto vigente de la Ley N° 20.720.
Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento: Liquidación Simplificada
Contenido informativo general. Esta publicación no constituye asesoría jurídica individual ni garantiza la procedencia de un procedimiento concursal o un resultado determinado. Cada caso debe ser evaluado según sus antecedentes particulares.